Gobierno restringe circulación de carga pesada del 26 al 28 de julio por las municipales

 En mensaje publicado en su cuenta de Instagram, la cartera detalló que el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) comunicó a los operadores de transporte de carga que, entre el sábado 26, a partir de la 1:00 de la madrugada, y el lunes 28 de julio, 

El Ministerio de Interior, Justicia y Paz informó este viernes que la circulación de carga pesada estará restringida entre el 26 y el 28 de julio, debido a las elecciones municipales previstas para el domingo.

En mensaje publicado en su cuenta de Instagram, la cartera detalló que el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) comunicó a los operadores de transporte de carga que, entre el sábado 26, a partir de la 1:00 de la madrugada, y el lunes 28 de julio, a la misma hora, estará restringida la circulación del transporte de carga superior a los 3.500 kg.

En ese sentido, agregó que el objetivo es garantizar la seguridad vial durante los comicios municipales, conforme a lo establecido en la Resolución Conjunta 083 y 022 del Ministerio para Relaciones Interiores, Justicia y Paz; y del Ministerio para el Transporte, publicadas en la Gaceta Oficial Nº 42.425, de fecha 25 de julio de 2022.

Trascendió que la prohibición no aplica a vehículos que transportan los siguientes productos: alimentos perecederos y no perecederos, y sus respectivas materias primas; asistencia vial, emergencias, policiales o militares, material de telecomunicaciones y para la defensa del país.

También están exentos, los vehículos que transporten agua potable y los químicos necesarios para su potabilización, medicinas de corta duración, dióxido de carbono (hielo seco), oxígeno (gases o líquidos necesarios para el funcionamiento de centros de salud), desechos sólidos de origen domiciliario (en vehículos habilitados para ese servicio), gas de uso doméstico y combustibles destinados al aprovisionamiento de: estaciones de servicio de transporte terrestre, puertos y aeropuertos, productos asociados a la actividad petrolera, agrícola y pecuaria; fertilizantes químicos y periódicos.

Así las cosas, la institución aseguró que la medida cumple con las atribuciones descritas en la Ley de Transporte Terrestre en sus Artículos 5 y 17, respectivamente, "donde establecen que el INTT es el ente rector de las políticas de regulación y ordenamiento en materia de vialidad".

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